¿Es válido el poder post mortem para iniciar un juicio de desalojo? La justicia Cordobesa lo confirmó
Comentario a sentencia sobre desalojo por vencimiento de contrato – Año 2021
En un reciente fallo del Juzgado Civil y Comercial de 1ra Instancia de la ciudad de Córdoba, se resolvió una cuestión jurídica muy particular: la validez de un poder general irrevocable con cláusula post mortem, utilizado para iniciar una demanda de desalojo luego del fallecimiento del mandante.
El juicio fue promovido por el hijo de quien había sido locador del inmueble, D.G.A., en representación de su padre fallecido, E.A., invocando un poder notarial que se había otorgado varios años antes bajo la vigencia del Código Civil derogado. La defensa de la locataria, G.E.B., se centró en cuestionar la validez del poder, alegando que se había extinguido con la muerte del poderdante y que, por ende, existía falta de legitimación activa.
No obstante, el tribunal rechazó esa excepción, validando el apoderamiento, y dio lugar al desalojo.
🔎 ¿Por qué se validó el poder post mortem?
La jueza interviniente resolvió que el instrumento sí reunía los requisitos exigidos por la ley, tanto por el art. 1977 del Código de Vélez (vigente al momento del otorgamiento) como por el actual art. 380 del Código Civil y Comercial de la Nación:
- Era limitado en el tiempo (10 años),
- Otorgado para actos determinados (administrar, dar en locación, promover desalojos),
- Y en razón de un interés legítimo, tanto del poderdante como del apoderado.
Además, se destacó un punto clave: en el propio contrato de locación se reconocía expresamente dicho poder como especial, irrevocable y suficiente. Es decir, las partes acordaron de forma explícita que el apoderado actuaba en representación del locador con todas las facultades para ejecutar y exigir el cumplimiento del contrato.
Como argumento adicional, el tribunal también reconoció la legitimación sustancial del apoderado en su calidad de heredero forzoso, conforme el art. 2337 del CCyCN, que inviste al heredero desde la muerte del causante y lo habilita a ejercer sin necesidad de declaratoria las acciones transmisibles como esta.
✅ Comentario profesional
Este caso, patrocinado por el Estudio Jurídico del Dr. González Mucilli Esteban, reafirma que los poderes con cláusula post mortem son plenamente válidos y eficaces, siempre que cumplan con los requisitos legales. También confirma que los herederos forzosos pueden ejercer legítimamente las acciones personales del causante desde el fallecimiento mismo, sin tener que esperar la declaración judicial.
Una sentencia sólida, que respeta la voluntad del causante, brinda certeza jurídica y evita el abuso por parte de ocupantes que pretenden eternizar relaciones contractuales ya concluidas.
📄 La sentencia completa está disponible para quienes la soliciten a través del formulario de contacto de nuestra página web.